La Ley Nº 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo, es de carácter obligatorio en donde El empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores.
Tiene como objetivo promover una cultura de evaluación y prevención de los riesgos en la salud laboral en el país. Para ello, cuenta con el deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes, a través del diálogo social, velan por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia.
La Ley establece las normas mínimas para la prevención de los riesgos laborales y es aplicable a todos los sectores económicos y de servicios; comprende a todos los empleadores y los trabajadores bajo el régimen laboral de la actividad privada en todo el territorio nacional, trabajadores y funcionarios del sector público, trabajadores de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, y trabajadores por cuenta propia.
LOS EXÁMENES MÉDICOS OCUPACIONALES SE DIVIDEN EN 3 ETAPAS:
- EXÁMEN PRE - OCUPACIONAL O DE INGRESO: Es una evaluación médica de carácter obligatorio, que se le realiza al trabajador antes de ingresar a un puesto de trabajo, con la finalidad de determinar su estado de salud y su aptitud para la posición designada.
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